PERMISO DE SALIDA DE MENORES DE EDAD DE PANAMÁ

En caso de que el menor de edad salga del territorio panameño con ambos padres, solamente se requieren los pasaportes, cédula juvenil o certificado de nacimiento.

  • Si uno de los progenitores (o tutor con patria potestad) se encuentra en Panamá y otro en el extranjero:
    • El responsable que se encuentra en Panamá deberá apersonarse a las oficinas del Servicio Nacional de Migración para solicitar la gestión del trámite, mientras que el responsable que se encuentre en el extranjero deberá presentarse en el consulado de Panamá más cercano para tramitar la autorización de salida del menor. Este servicio también podrá ser elaborado y certificado por un notario público local y apostillado o autenticado por el consulado de Panamá.
  • Si ambos padres (o tutores) se encuentran en el extranjero:
    • Deberán presentarse en el consulado de Panamá más cercano para tramitar el servicio notarial donde se brinde su autorización para la salida del menor. Este servicio también podrá ser elaborado y certificado por un notario público local y apostillado o autenticado por el consulado de Panamá.

Requisitos en el Consulado:

  • Pasaporte original y copia del padre o tutor con patria potestad que se presenta a realizar el trámite
  • Copia fiel del pasaporte del menor
  • copia fiel del pasaporte del padre o tutor con quien viajará el menor

 

Para casos especiales y mayor información, favor de contactarse al teléfono: + (52) 229 955 0800 ó al correo conpanamaveracruz@mire.gob.pa.